República Argentina: 2:07:58am

Nacional

 

La presidenta Cristina Kirchner propició hoy la limitación y regulación de medidas cautelares que benefician a quienes se ven afectados por medidas que toma el Estado y en ese plano anunció la creación de un nuevo fuero de casación en el ámbito laboral que, en los hechos, impedirá que, por ejemplo reclamos salariales como los que se sustancian en el ámbito militar o de Seguridad, lleguen al ámbito de la Corte Suprema de Justicia.
 
La mandataria fijo su postura en el marco de su discurso ante la Asamblea Legislativa y en el marco de su duro cuestionamiento a magistrados y al desenvolvimiento de la Justicia.
 
Al criticar abiertamente los fallos cautelares, sostuvo que estos no deberían aplicarse en contra del Estado e insistió en la necesidad de regularlos o limitarlos.  
Leer más:La Presidenta criticó los fallos cautelares y anunció medidas para limitarlos en una acción que,...

 

La presidenta Cristina Kirchner propició hoy la limitación y regulación de medidas cautelares que benefician a quienes se ven afectados por medidas que toma el Estado y en ese plano anunció la creación de un nuevo fuero de casación en el ámbito laboral que, en los hechos, impedirá que, por ejemplo reclamos salariales como los que se sustancian en el ámbito militar o de Seguridad, lleguen al ámbito de la Corte Suprema de Justicia.
 
La mandataria fijo su postura en el marco de su discurso ante la Asamblea Legislativa y en el marco de su duro cuestionamiento a magistrados y al desenvolvimiento de la Justicia.
 
Al criticar abiertamente los fallos cautelares, sostuvo que estos no deberían aplicarse en contra del Estado e insistió en la necesidad de regularlos o limitarlos.  
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En coincidencia con la apertura del año judicial, la Unión de Promociones (UP) concretó una convocatoria general el pasado martes 26 de febrero a las 11,30,  frente al Palacio de Tribunales, en la Capital Federal donde se reclamó y repudiaron “las aberraciones que se cometen en los juicios llamados de lesa humanidad”.
 
 
 
 
La convocatoria fue coincidente con el acto de  la Corte Suprema de Justicia fin de declarar la apertura del año judicial, en donde su presidente Ricardo Lorenzetti pronunció un crítico discurso rechazando las injerencias del Gobierno en el accionar judicial
 
“Aprovechando la circunstancia, a esa misma hora, la Asociación de Hijos y Nietos de Presos Políticos (realizó) a un acto en la Plaza Lavalle, frente al Palacio de Tribunales, con el objeto de expresar el repudio y denunciar en forma abierta las aberraciones que diariamente se cometen en los juicios llamados de lesa humanidad, convertidos en un sistemático plan de exterminio de los hombres de las Fuerzas Armadas, de Seguridad, Policiales y Penitenciarias que enfrentaron la guerra contra el terrorismo subversivo en defensa de la Patria.  

 

Leer más:La Unión de Promociones convocó a un acto en Tribunales para reclamar y repudiar por "las...

 

El ex titular del Tercer Cuerpo de Ejército, general Luciano Benjamín Menéndez, se responsabilizó por todo el accionar de la fuerza militar a su cargo en la lucha antisubversiva,  al declarar en la undécima audiencia del juicio por la megacausa "La Perla".
 
Un despacho de la agencia oficial de noticias TELAM sostuvo que “si bien Menéndez manifestó que estos procesos judiciales son “ilegales e inconstitucionales”, dijo que en caso de ser legítimos “soy el único responsable de la actuación de mi tropa. Yo debería ser el único en comparecer”
Leer más:El General Luciano Benjamín Menéndez asumió todas las responsabilidades por la guerra...



La Suprema Corte de Justicia declaró el viernes (22 feb 2013) inconstitucional la ley interpretativa de la ley de caducidad, según confirmó al diario EL PAÍS de Montevideo el vocero del organismo Raúl Oxandabarat. La norma abre el camino para declarar prescriptos los delitos atribuidos a militares y civiles en la guerra antisubversiva librada en los 60 y 70 en territorio uruguayo

El vocero indicó que por cuatro votos contra uno, los ministros del organismo declararon que "los artículos 2 y 3 fueron declarados inconstitucionales", no así el artículo uno, dijo El País.

En el artículo 2° se establece que "no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los "cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 15.848, de 22 de diciembre de 1986".

Leer más:La Suprema Corte del Uruguay dio luz verde para declarar prescriptas las causas que involucran a...

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