El Gobierno publicó el viernes (3 ago 2012) el decreto 1305/2012 que fija nominalmente y engloba lo haberes del personal militar en actividad; modifica la Ley 19101 de Personal Militar; suprime adicionales y deja sin efecto las compensaciones otorgadas al personal retirado por los decretos 1994/06, 1163/07, 1653/08. 753/09 y 2048/09. La norma, que abre un abaníco de disímiles interpretaciones, crea varios interrogantes y particularmente despierta escepticismo e inquietud en la comunidad de retirados particularmente en quienes habían obtenido fallos favorables en sus demandas contra el Estado por incumplimiento, precisamente de la Ley de personal militar.
Como lo señaló TIEMPO MILITAR, se abre entonces un tedioso e inquietante compás de espera hasta principios del mes próximo cuando, con los recibos de haberes en mano, pueda cabalmente interpretarse qué se cobró igual, de más o de menos. Queda por dilucidarse cuál será la suerte que correrá el personal de FF.SS., particularmente los retirados que hicieron juicios.
El texto del decreto y las correspondientes escalas son los siguientes:
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1305/2012
Fíjase el Haber Mensual del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, establecido por Anexo III Decreto N° 926/11. Modifícase la Ley 19.101, aprobada por Decreto N° 1081/73. Suprímense adicionales. Déjanse sin efecto compensaciones.
Bs. As., 31/7/2012
VISTO la Reglamentación del Capítulo IV —Haberes— del Título II de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101, aprobada por Decreto Nº 1081 de fecha 31 de diciembre de 1973 y sus modificatorios; los Decretos Nº 1104 del 8 de septiembre de 2005, Nº 1095 del 23 de agosto de 2006, Nº 1994 del 28 de diciembre de 2006, Nº 871 del 5 de julio de 2007, Nº 1163 del 30 de agosto de 2007, Nº 1053 del 27 de junio de 2008, Nº 1653 del 9 de octubre de 2008, Nº 751 del 18 de junio de 2009, Nº 753 del 18 de junio de 2009 y Nº 2048 del 15 de diciembre de 2009, Nº 894 del 22 de junio de 2010 y Nº 926 del 30 de junio de 2011; y