República Argentina: 3:47:19pm

 

Según establece el decreto 967/2015, publicado el martes (16 jun 2015) en el Boletín Oficial, "resulta necesario fijar una escala de haberes" para el personal militar de las Fuerzas Armadas y para el personal de la Policía de Establecimientos navales "que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad".

Según establece el decreto 968/2015, también publicado en la misma fecha en el Boletín Oficial, es "necesario actualizar las escalas salariales vigentes y modificar las asignaciones correspondientes a determinados suplementos particulares" para "reconocer y mantener una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que la correcta ejecución de la actividad de los integrantes de las fuerzas de seguridad y cuerpos policiales requiere".

La actualización de las escalas salariales se aplicará a partir del 1° de junio y del 1° de agosto. Los decretos, que llevan la firma de la presidenta Cristina Kirchner , del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández , y de los ministros de Defensa, Agustín Rossi , y de Seguridad, María Cecilia Rodríguez , no especifican el promedio de la suba, pero en las fuerzas se especifico que en total rondaran el 27 % Los anexos detallan los nuevos haberes mensuales y los nuevos suplementos particulares para los distintos grados de cada fuerza.

 

Militares - Decreto 967/2015

 

Los grados más altos del escalafón -teniente general, almirante y brigadier general- pasarán a cobrar a partir de este mes un haber mensual de $ 17.824, que a partir del 1° de agosto crecerá a $ 19.342. A ese monto se suman suplementos, que no fueron incluidos en esta norma. No se descarta que esos beneficios también sufran aumentos.

 

Agentes de seguridad - Decreto 968/2015

 

Los artículos 2° y 4° del decreto fijan los importes correspondientes a los suplementos particulares "de responsabilidad por cargo", "por función intermedia", "por cumplimiento de tareas específicas de seguridad", "por mayor exigencia del servicio", "por disponibilidad permanente para el cargo" y "por disponibilidad permanente para la función" que perciben gendarmes y prefectos, respectivamente.

 

El artículo 6° de la norma fija los importes correspondientes a los suplementos particulares "por servicio externo uniformado" y "apoyo operativo" que percibe el personal de la Policía Federal Argentina.

 

En su artículo 7°, el decreto 968 fija los importes correspondientes al "complemento por responsabilidad jerárquica" que perciben el director nacional y el subdirector nacional de la Gendarmería, el prefecto nacional naval y el subprefecto nacional naval de Prefectura y el jefe y el subjefe de la Policía Federal.

 

Los artículos 8°, 9° y 10° se refieren a la Policía de Seguridad Aeroportuaria: fijan importes para el personal policial y para el personal civil de esa fuerza.

 

Según establece la norma, "el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto (...) será atendido" con el presupuesto de la Administración Pública Nacional.

 

Con las nuevas escalas para las fuerzas de seguridad, el comandante general de la Gendarmería y el prefecto general de la Prefectura tendrán un haber mensual de $ 15.044,80 en junio y de $ 16.326 en agosto. Además, recibirán un suplemento de $ 15.262 por disponibilidad para el cargo y otros $ 18.579,70 por responsabilidad por el cargo, a partir del 1° de junio; y de $ 16.562 y de $20.162,30 a partir del 1° de agosto, lo que totalizará un ingreso de $ 48.886,50 a partir de junio y de $ 53.050,30 a partir de agosto.

 

La máxima jerarquía de la Policía Federal -comisario general- tendrá un sueldo de $ 15.044,80 en junio y $ 16.326,30 en agosto, además de suplementos por apoyo operativo y por responsabilidad jerárquica, lo que elevará su salario a $ 32.904,80 y a $ 35.707,60, según la norma publicada en el Boletín Oficial. En otros cargos, los oficiales percibirán adicionales por servicio externo uniformado..

 

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