El respeto de la garantía del debido proceso y la igualdad ante la ley no pueden ser reemplazados por una especie de derecho penal paralelo para el enemigo
En reiteradas oportunidades, hemos denunciado desde este espacio la violación sistemática de los derechos y garantías que nuestra Constitución consagra cuando se trata de acusados involucrados en causas de lesa humanidad. Creada recién en 1998 por el Estatuto de Roma, entre nosotros esta categoría se reservó exclusivamente para integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad y para agentes estatales por su accionar a partir de marzo de 1976, fecha del último golpe militar.