República Argentina: 8:05:59am

Nacional

 Un trabajo jurídico preparado por el personal militar encarcelado en Paraná como consecuencia de las acciones de lucha antisubversiva en los años 70, desnuda que los magistrados intervinientes, al “pretender responsabilizar a oficiales subalternos de tener el “dominio del hecho”, sobre decisiones que eventualmente eran de competencia de los niveles estratégicos operacionales o del nivel táctico superior, incurren en un grosero análisis del contexto fáctico”.

 El contenido del estudio, enviado por el coronel ® Carlos Zigarán, corresponsal honorario de Tiempo Militar en Paraná, es el siguiente:

 

 En los juicios que se están llevando a cabo como consecuencia de la guerra librada contra la subversión, muchos camaradas han sido procesados o condenados como “autores mediatos”, siguiendo la consabida tesis de Claus Roxin de los aparatos organizados de poder. Ello, a pesar  que, en oportunidad de los hechos investigados, eran oficiales subalternos.

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Declaración del Teniente Coronel (R) Juan Carlos Amelong, tras su juzgamiento y condena, a 12 años de prisión, por el Tribunal Oral Federal de Paraná.

"Los años 70 se caracterizaron por la guerra revolucionaria armada, los 2000 hasta hoy se caracterizan por la anomia jurídica, como consecuencia de la existencia de gran cantidad de magistrados federales atemorizados y preocupados por cuidar sus intereses pesonales. Ha dicho expresamente el doctor Lorenzetti, en su cáracter de presidente de la suprema Corte de Justicia de la Nación, que las causas por (supuestas) violaciones a los derchos humanos, se siguen "cumpliendo una política de estado".

 "En la causa que se nos llevo a cabo en estos días en Paraná, se violaron mis derechos humanos, cuando:
 
1ro. Se me enrostró, un delito, cuyo tipo, en aquella época era inexistente, la "lesa humanidad", que no se había imputado en el juicio a las Juntas Militares, que no está tipificado en el Código Penal y que ahora está en los Tratados Internacionales, que no tenían vigencia en el pais en los años 70, todo ello violando la Ley de Reforma de la Constitución N°24.309 y la propia Constitución Nacional.

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La organización Votar Unidos (VOTARUN) que nuclea a miembros de la comunidad militar y de las fuerzas de Seguridad y policialesreiteró este martes (18 oct 2011) en su boletín número 8 –el último antes de los comicios- su recomendación de votar por el candidato Eduardo Duhalde,  a lista completa, especialmente en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

VOTARUN también exhortó a cuidar el voto del ex mandatario mediante la concurrencia y aporte como fiscales, a la mayor cantidad posible de mesas electorales.

Para VOTARUN, Duhalde continuó siendo el único candidato que se abrió a la interacción propuesta por la comunidad castrense “reiterándonos su compromiso con la defensa de los valores y de los objetivos que le planteamos tanto para el sector militar como para la República toda”

 El texto completo del comunicado número 8 de la entidad, es el siguiente:

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 BUENOS AIRES (Texto cortesía Online-911) El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, pidió a la Corte Suprema de Justicia que reabra la causa por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero, en Córdoba, luego que la investigación por el hecho ocurrido en noviembre de 1995 fuese declarada prescripta por el paso del tiempo, según lo informó, citando fuentes propias, el sitio especializado de noticias policiales y judiciales Online-911.

Righi dictaminó en coincidencia con lo pedido por la querella y pidió que revoque una resolución de la sala II de la Cámara Nacional de  Casación Penal que en noviembre del año pasado declaró prescripta la causa, por planteo de los ex militares Jorge Antonio Cornejo Torino y Marcelo Diego Gatto, dos de los imputados

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 La justicia tucumana abrió una puerta para la potencial tipificación de delitos de "lesa humanidad" al cruento asesinato, en 1974, del capitán Viola y su pequeña hijita, ametrallados cruelmente por un comando guerrillero en esa capital provincial. Para un tribunal de apelacioneshubo juzgamientos y condenas por el doble crimen por lo que no cabe su reapertura en cuanto a los sentenciados, pero rechazó la pretensión de los abogados de los asesinos de que no se considerara tales hechos como de "agravio (lesa) a la humanidad"  El acto jurídico habilita seguir las acciones hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos

(Texto cortesía diario La Gaceta) La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia del juez federal N° 1, Daniel Bejas, y por lo tanto rechazó la reapertura de la causa por los homicidios del capitán Humberto Viola y de su hija María Cristina, y de las graves lesiones que sufrió su otra hija, María Fernanda. El hecho ocurrió el 1 de diciembre de 1974, protagonizado por un comando del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP). La familia pretende que se reinicie la investigación judicial del ataque, al sostener que fue un crimen de lesa humanidad y, por ende, imprescriptible.

 Sin embargo, el abogado de la familia Viola, Javier Vigo Leguizamón, celebró que se haya revocado parcialmente el fallo, en cuanto se declaraba que los crímenes no eran considerados de lesa humanidad.

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