República Argentina: 7:18:58pm

Por Andrés Klipphan publicado en www.infobae.com

Rechazó una segunda medida cautelar que había presentado el centro de estudios -fundado por Hebe de Bonafini- para dejar sin efecto la decisión del Ministerio de Capital Humano de “revisar” la validez de su creación y la legitimidad de la elección de sus autoridades

La Justicia falló otra vez contra la Universidad Madres de Plaza de Mayo y a favor del Gobierno y se complica su funcionamiento. En concreto, rechazó una segunda medida cautelar presentada por ese centro de estudios, contra la decisión del Ministerio de Capital Humano de “establecer el proceso de revisión de la creación e inicio de actividades académicas de las nuevas cinco instituciones universitarias”, aprobada por el Parlamento el 27 de septiembre de 2023. Hasta ese momento funcionaba como Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos Madres de Plaza de Mayo, fundado por la fallecida Hebe de Bonafini con la colaboración del parricida Sergio Schoklender. Sobre esa institución pesaba una deuda multimillonaria.

En la resolución, firmada por la ministra Sandra Pettovello, se suspendía el inicio “de las actividades académicas de las casas de altos estudios para determinar si el procedimiento administrativo exigido por la Ley de Educación Superior para crear nuevas universidades fue debidamente cumplido”, y dejaba de girarles los fondos necesarios para su administración.

En la misma resolución, firmada en el día de ayer por la jueza federal en lo Contencioso Administrativo Rita María Ailan, también se falló a favor del planteamiento de Capital Humano de dejar sin efecto la designación como rectora de esa institución de la abogada Cristina Caamaño Iglesias Paiz; su nombramiento “no tendría el carácter de rectora” porque las elecciones en asamblea fueron realizadas dos meses antes de que el Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos Madres de Plaza de Mayo fuese elevado a la categoría de Universidad Nacional. “Durante la gestión anterior de Gobierno ya le había sido señalado el 06/12/2023 a la actora -por Caamaño- que no podía celebrar comicios, pues todavía no tenía Resolución Ministerial de puesta en marcha de la universidad”, argumentó entonces la cartera de Pettovello, bajo cuya órbita funciona la Secretaría de Educación.

De esta manera, el Juzgado Federal N° 4 en lo Contencioso Administrativo tomó como válidos los argumentos presentados desde Capital Humano por la subsecretaria Legal, Leila Gianni y el Director General de Asuntos Jurídicos, Ariel Romano. Los argumentos fueron esgrimidos en el marco de la “medida cautelar autónoma” presentada por la Universidad.

En los tramos más salientes de su resolución, la jueza rechazó el pedido de la Universidad Madres de Plaza de Mayo para “suspender los efectos de la Resolución Ministerial 45/2024 del Ministerio de Capital Humano y todos los actos que se dicten en consecuencia de ella”. La resolución aludida, fechada el 26/02/2024, tiene por objetivo “la revisión de la creación e inicio de actividades académicas de la Universidad Nacional Madres de Plaza de Mayo (UNMa)”. La jueza Ailan también rechazó las retenciones del instituto de enseñanza de dejar sin efecto ”la Resolución 2534/23 del Ex Ministerio de Educación de la Nación, que designaba a la doctora Cristina Caamaño Iglesias Paiz como Rectora Organizadora”.

Sueños Compartidos

Los cuestionamientos sobre la universidad no es nueva. El 21 de julio de 2017 el gobierno de Mauricio Macri había decidido intervenir el Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos Madres de Plaza de Mayo. La iniciativa fue tomada por la decisión de Bonafini y Schoklender, cambiar el objeto social de la ONG Fundación Madres de Plaza de Mayo, de la cual dependía el centro de estudios por el de la construcción, con el proyecto Sueños Compartidos a la cabeza y que derivó en un escándalo multimillonario de deudas y denuncias de corrupción.

La causa ya lleva más de diez años de trámites judiciales. El último movimiento fue el del 17 de agosto de 2023. En esa fecha, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo de Sergio Schoklender, que solicitaba su sobreseimiento en la causa en la que se investiga el presunto desvío de fondos por más de 50 millones de dólares de fondos públicos que recibieron las Madres de Plaza de Mayo para ese plan de viviendas populares. De esa manera, los cortesanos dejaron firme el juicio oral contra Schoklender y otras persona.

El 19 de julio pasado, el juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Cayssials ya había rechazado otra medida cautelar interpuesta por Universidad de Madres de Plaza de Mayo para que el Gobierno de Javier Milei le transfiera más de 556 millones de pesos para financiar su funcionamiento.

El reclamo también lo había presentado esa institución después que el Ministerio de Capital Humano decidiera frenar la apertura de las cinco nuevas universidades -lo hizo a través 45/24 firmada por Sandra Pettovello el 26 de febrero de 2024- y que establece el “proceso de revisión de la creación e inicio de actividades de las nuevas universidades nacionales”, creadas un mes y medio antes de que asumiese el poder La Libertad Avanza.

La Universidad había solicitado, mediante una “cautelar autosatisfactiva”, que se ordene el cese automático de la retención de fondos y se proceda a la transferencia de más de 556 millones de pesos. El magistrado consideró que la pretensión de la organización “debe desestimarse porque no se aprecian las circunstancias excepcionales necesarias para acceder al reclamo, por no resultar suficientes sus afirmaciones”.

También confirmó que del planteo efectuado por la Universidad “no se verificó la verosimilitud en el derecho en forma patente y que no se vislumbra acabadamente la supuesta arbitrariedad que denuncia por parte de la Administración Pública”. Y señaló que “en este proceso se discute un reclamo patrimonial, que debe encauzarse por otra vía, porque no se advierte la existencia de un perjuicio irreparable”.

En la resolución de ayer, tomada en un segundo expediente, la jueza Rita María Ailan sostiene que “en las presentes actuaciones la parte actora -por la Universidad- no demuestra el gravamen o perjuicio concreto que le genera”, la decisión tomada por Capital Humano.

 

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