República Argentina: 3:30:36am

REDACCION TIEMPO MILITAR. El 27 julio TIEMPO MILITAR  publicó el artículo titulado: ”IOSFA: Tras trazar un preocupante cuadro de la situación del organismo, el Foro de Generales Retirados pide la intervención del Presidente Milei para reordenar, a través de una genuina representación militar su funcionamiento”.

Dos días después, el 29 de julio este medio levantó la nota publicada por el diario La Nación, titulada:” El titular de la obra social de los militares se defiende con auditorías y denuncias de irregularidades “.

Ahora, se acaba de conocer una carta documento enviada por el Foro de Generales Retirados al Presidente del IOSFA.

Carta Documento del Presidente del Foro de Generales Retirados

La carta está fechada el 26 de julio y lleva la firma del José Luis Figueroa DNI 12841543. El firmante es general  de brigada  (R) del Ejército Argentino. La carta documento fue enviada al Dr. Oscar Sergio Sagas, presidente del IOSFA (Paso 550 CABA), textualmente expresa:

“En mi carácter  de Presidente de la Asociación Civil “Foro de Generales Retirados”   y en cumplimiento de expresas instrucciones impartidas por la comisión directiva del mismo, en la reunión llevada a cabo en el día 24 de  julio de 2024, me dirijo a usted a fin de INTIMARLO a poner fin a las negociaciones  o tratativas que está llevando a cabo con la empresa de medicina  prepaga” MEDIFE”,         que podrían ordenarse a la tercerización de servicios que actualmente  presta el Instituto sin la debida intervención  del Directorio del IOSFA.

Tales hechos, que han quedados reconocidos en un sugestivo “Convenio de Confidencialidad” (IF-2024-70015947-APN-SAP#IOSFA), importan una flagrante violación a las atribuciones establecidas por el TITULO V del Decreto DNU Nro 637/2013, así como a las previsiones contenidas en el Decreto N°2271/2013, reglamentario del anterior.

De resultar dicho convenio fruto de una falsificación digital, como se ha sugerido en algunos medios, debió Ud. realizar la correspondiente denuncia en sede penal, desconozco si ello ha ocurrido.

No obstante, resulta sugestivo que ese convenio se firmara un día antes de la reunión del Directorio del IOSFA del 12 de junio de 2024 (IF-2024-61786189-APN-D#IOSFA), donde Ud. propuso tercerizar las prestaciones de salud que brinda el instituto en ciertas zonas geográficas, postura que mereció el reparo de la mayoría de los directores y la manifestación concordante que ello requería a la aprobación del Directorio. Me remito al contenido del acta labrada en dicha ocasión.

Resulta claro que su conducta al firmar el “Convenio de confidencialidad”, no solo ha incumplido las normas contenidas en los artículos 4to y siguientes del Decreto DNU Nro 637/2013, sino también comprometido la responsabilidad patrimonial del IOSFA y aun del Estado Nacional (Art.4to del decreto precedentemente invocado), ya que en el artículo quinto de dicho convenio se establece un régimen indemnizatorio para aquella parte  que violara la  confidencialidad. Va de suyo, y hoy es  de público y notorio  el acuerdo, que en un ente tan nutrido de personal como el IOSFA esa filtración de información era bastante factible.

Entiendo que tampoco podría fundarse lo actuado en las previsiones de la Resolución RESFC-2023-64-APN-D#IOSFA, pues su artículo 2° establece: ”El objetivo de este régimen es la determinación de los requisitos para la acreditación de todo oferente de servicios de salud para con el instituto, a fin que participen de los procesos de selección, contratación, y/o convención de este, bajo un esquema transparente, que garantice la concurrencia y la publicidad de los actos públicos”. Por lo demás, se impone en dicha resolución aspectos que hacen a la concurrencia, pluralidad y participación administrativa que no parecen darse en el supuesto que me ocupa.

Por lo hasta aquí expuesto es que lo INTIMO a que cese con toda negociación  tendiente a tercerizar, o preparar esa tercerización, de los servicios de salud que brinda el IOSFA mientras no medie aprobación expresa y formal del Directorio del Instituto,  bajo apercibimiento de iniciar acciones en sede penal ante la posible configuración  de un incumplimiento de los deberes de funcionario público o abuso de poder.

Asimismo, lo hago civilmente responsable por los perjuicios que su conducta puede generar al IOSFA.

Finalmente, de persistir Usted en la conducta cuestionada, efectuare la pertinente denuncia ante la SINDICATURA  GENERAL DE LA NACION (Art 1 y 22 del Decreto DNU Nro 637/2013) y, de entender cumplidos los presupuestos, ante la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

QUEDA USTED NOTIFICADO.

CABA 26 de julio de 2024”.

El Foro de Generales Retirados es una Asociación Civil  inscripta en la Inspección General de Justicia con el Nro 1979374 y funciona en la calle Bacacay 1710 PB “A” de CABA.

 

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