República Argentina: 10:44:09pm

Nacional

 

La edición impresa 263 de TIEMPO MILITAR, correspondiente a septiembre, comenzó a ser distribuida el jueves (06 sept 2012) en los quioscos de todo el país en el marco de la profunda consternación e indignación –advertida fundamentalmente en los cuadros en actividad del Ejército- por insólitas e inconstitucionales “podas” en sus haberes, más allá de si tenían en curso o no medidas cautelares.

Respondiendo al pedido hecho por TIEMPO MILITAR en su edición digital (www.tiempomilitarweb.com.ar o www.tiempomilitar.com.ar ) los lectores –independientemente de los comentarios que colocan en la web- enviaron los pormenores de sus respectivas situaciones a nuestro correo  Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. . Hemos recibido gran cantidad de información que hemos puesto de inmediato en conocimiento de nuestros especialistas letrados. Hay situaciones verdaderamente insólitas que no pueden resistir un análisis racional. El acuerdo para que se nos envíen estas comprobaciones es preservar la identidad del remitente. Agradecemos mucho la confianza dispensada en especial al enviarnos incluso planillas de haberes liquidadas en unidades, tanto para oficiales como suboficiales, donde a simple vista el descalabro es completo.

Los ejemplos más  disparatados siguen a continuación:  

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El Gobierno Nacional determinó, a través del decreto 1307/2012 publicado en el Boletín Oficial del martes 4 de septiembre, los "aumentos" que rigen a partir del primero de agosto para el personal de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval. En la normativa se deja en claro que se suprimen adicionales y se dejan sin efecto compensaciones. También se establece para el caso de que como consecuencia de este "reacomodamiento" se termine cobrando menos que con la nueva escala, una suerte de compensación a esa poda. Para el personal en actividad se crean cuatro nuevos suplementos: a) responsabilidad por cargo, b) responsabilidad por funcion intermedia: c) por tareas específicas se seguridad y d) por mayor exigencia de servicio.

	El articulado completo, con sus considerandos, es el siguiente: 
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