República Argentina: 8:31:26pm

El proyecto, aprobado ayer en segunda en la Legislatura, plantea la inaplicabilidad de la calificación como delitos de lesa humanidad por hechos acaecidos con anterioridad al Estatuto de Roma (2002). La irretroactividad de la ley penal está establecida en la Constitución de Perú y varios instrumentos convencionales, por lo que la CIDH, intenta obligar a un país soberano a violar su Carta Magna y el derecho internacional. Un verdadero piquete, en formato digital, para impedir las tareas de su Poder Legislativo, y una manifiesta violación a su soberanía. La citada CIDH viola el artículo 9 de la Convención Americana, lo que también hace a su resolución “írrita”.

Josefina Margaroli

DNI. 6.193.060.

Sergio Luis Maculan

DNI. 5.071.857

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