Nos referimos a la dispensa, otorgada por esta, a los beneficiarios de las llamadas leyes "reparatorias" (24.043, 24.411, 25.914 y concordantes) que los exceptúa del requisito de conformidad previa del BCRA. Esas normas fueron sancionadas por el Congreso para indemnizar a las víctimas del accionar represivo del Estado entre 1955 y diciembre de 1983 y favorecieron incluso a criminales juzgados y condenados por el Poder Judicial de la Nación, tanto en épocas de facto como en períodos democráticos, en razón de leyes vigentes.
La reciente resolución del BCRA los exceptúa de las restricciones en montos y precios para la compra y giro de moneda extranjera que pesa sobre el resto de los ciudadanos, actualizando las inequidades establecidas por aquellas cuestionadas leyes, los desatinos legislativos que significaron sus ampliaciones y, especialmente, la incontrolada y nunca transparentada forma en que fueron y son al día de hoy concedidos aquellos beneficios.
Cabe recordar que, en el marco de aquellas leyes "reparatorias", fueron indemnizados con el dinero de todos los argentinos terroristas del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) que atacaron la Guarnición Militar de Azul en enero de 1974, dando muerte al coronel Camilo Arturo Gay y su esposa; los que secuestraron y dieron muerte en cautiverio al teniente coronel Jorge Roberto Ibarzábal; los autores del copamiento de la Fábrica Militar de Villa María, que provocaron la muerte del cabo de la Policía de Córdoba Marcelino Cuello y secuestraron al coronel Argentino del Valle Larrabure, cuyo cadáver apareció con 47 kilos menos y signos de golpes y estrangulamiento, luego de permanecer 372 días alojado en una "cárcel del pueblo". También fueron indemnizados los terroristas autores de la masacre del entonces capitán Humberto Antonio Viola y su hija de 3 años, María Cristina, asesinados en Tucumán cuando estacionaba su auto, en el que también viajaban su esposa, María Cristina Picón, embarazada de 5 meses, y María Fernanda, de 5 años, quien sufrió graves heridas en la cabeza. Y tantos otros autores de atentados con bombas, asesinatos, secuestros, tomas de cuarteles y comisarías. Todos los familiares de los terroristas abatidos, y aun aquellos guerrilleros capturados, juzgados y condenados, fueron indemnizados por estas leyes y sus extensiones con cifras millonarias provenientes de los impuestos abonados por todos los ciudadanos.
José D'Angelo y Pedro Güiraldes -dedicados a investigar la oscura trama de estas remuneraciones- han logrado recopilar precisa, amplia y detallada información sobre las indemnizaciones pagadas hasta fines de 2015, la cual arroja las siguientes cifras:
Por la ley 24.043, se llevaban abonadas a esa fecha 11.734 "reparaciones", que, actualizadas una a una por inflación a junio de 2020, suman 58.000 millones de pesos, a quienes a su vez se les conceden pensiones graciables de por vida aunque hayan estado solo un día detenidos y por disposición de jueces de la democracia (ley 26.913).
Por la ley 24.411 se llevaban pagadas 7907 indemnizaciones que, actualizadas en cada caso a junio de 2020, totalizan 91.000 millones de pesos, es decir, un promedio por caso de 11,5 millones de pesos.
Como si todo lo anterior no fuera suficiente, en 2016, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dio cuenta, en un tímido y fallido intento de poner freno al descontrolado dispendio en esta materia, mediante su resolución MJYDH 670/16, de que existían entonces otros 7318 expedientes por indemnizaciones en trámite, en su gran mayoría por exilios "forzosos" al amparo de la ley 24.043. Pero la Corte Suprema dejó sin efecto los límites impuestos y los trámites continuaron su curso. El monto total actualizado a junio de 2020 estimado en aquella resolución asciende a otros 34.300 millones de pesos. Se estima asimismo que la cifra de potenciales beneficiarios duplicaría la informada durante la gestión del ministro Germán Garavano.
La absoluta falta de control sobre la asignación de estos beneficios y los numerosos casos de fraude detectados en los pagos de cientos de millones de pesos a quienes no correspondía fueron objeto de dos querellas criminales formuladas en los tribunales de Comodoro Py: una duerme en el juzgado a cargo de Daniel Rafecas, sin que se haya dispuesto una sola medida de instrucción, y la otra ha sido rechazada in limine por el Ministerio Público Fiscal. La negativa a investigar los casos fraudulentos confirma la existencia de un sistema de corrupción que permanece vergonzosa e inexplicablemente oculto a la ciudadanía e intocable tanto para la Justicia Federal como para la Sindicatura General de la Nación, la Auditoría General de la Nación, el Ministerio Público Fiscal y la Oficina Anticorrupción.
El estupor que despierta la excepción planteada por la autoridad monetaria se potencia en la indignante inequidad con que nuestros gobernantes siguen tratando todo lo sucedido en aquellas épocas. ¿Qué reconocimiento recibieron los centenares de huérfanos y las familias de policías federales o provinciales y las de los militares asesinados por la guerrilla terrorista en aquellas épocas, o los miles de civiles víctimas de atentados y secuestros de la guerrilla? El 5 de octubre de 1975, durante el gobierno constitucional, la organización Montoneros atacó el Regimiento de Infantería de Monte 29 de Formosa, y asesinó a diez soldados conscriptos, un agente de la policía provincial, un sargento y un subteniente, e hirió a muchos otros. Los familiares de los guerrilleros que cayeron en ese combate fueron indemnizados con sumas millonarias, pero las víctimas y las familias de los héroes que murieron en defensa del cuartel, como en tantos otros casos, no han recibido compensación alguna.
A un jubilado en la Argentina que resida en el exterior se le prohíbe girar un monto mayor que el que perciba como jubilación o pensión por mes calendario, mientras que, en el caso de los beneficiarios de las leyes "reparatorias", solo se indica "que percibieron fondos", sin establecer para ellos límite temporal ni condicionamiento alguno. Una fuente del BCRA ha expresado informalmente que este privilegio operará hacia el futuro y limitado al monto de la indemnización recibida, pero no es eso lo que se desprende de la letra de la norma dictada por la autoridad monetaria. Tampoco aclara el texto si el impuesto del 30% a la compra de moneda extranjera aplica o no.
Los argentinos estamos cansados de que pretendan imponernos una ideología. Mucho más, de que debamos adherir a ella pagándola con nuestros impuestos. Un país que privilegia a quienes se beneficiaron con salvoconductos para disfrazarse de exiliados políticos junto con sus familiares, o a terroristas caídos en ataques contra las instituciones, o a exguerrilleros detenidos y condenados por sus delitos, y deja hundir en la pobreza y el olvido a las víctimas de los atentados que precisamente aquellos propiciaron o ejecutaron, cargando contra quienes actuaron en defensa de las instituciones y sus familiares, ha extraviado no solo el camino a la pacificación y la unión nacional, sino también el de la honradez y la decencia.