República Argentina: 11:06:20am

En repetidas oportunidades expresó: “No quiero mi prisión domiciliaria; no quiero mi excarcelación; no quiero mi libertad. Quiero que los Jueces se ajusten a lo que expresa la CONSTITUCIÓN NACIONAL”.

El 30 de enero próximo pasado, fue trasladado al HOSPITAL MILITAR CENTRAL porque se encontraba seriamente descompensado.

El 31 de enero fue visitado en dicho Hospital, por los Magistrados que lo juzgan, (Presidente – Doctor CARELLI; Doctora MARIA PAULA MARISI (ambos Camaristas de la CAF de MENDOZA) y la Doctora GRETEL DIAMANTE de SAN LUIS), todos Subrogantes que integran el TOCF de SAN

JUAN.

Luego de una conversación de 45 minutos, el Teniente Primero DE MARCHI efectuó un PACTO DE HONOR con los Magistrados. El levantaba la huelga de hambre y de medicamentos y los Magistrados cumplirían estrictamente con la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Respecto al cumplimiento de la misma, el Teniente Primero DE MARCHI requirió que se cumpla muy especialmente con la escondida ley 26.200 del 09 de enero de 2007, que integra el ESTATUTO DE ROMA a la legislación Penal de la REPUBLICA ARGENTINA y en su artículo 13 norma categóricamente, que ningún artículo de dicho Estatuto, como de la ley mencionada, podrá violar el artículo 18 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, principio madre de “LEGALIDAD” del cual derivan todos los demás.

Se recuerda que el artículo 18 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL expresa: “Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa”.

Los Jueces Federales expresaron que sólo actuaban en la Jurisdicción de SAN JUAN y que, por lo tanto la acción de clase les resultaba imposible. DE MARCHI contestó que lo sabía y “me alcanza y sobra del eventual trascendente supuesto fallo final del Juicio de Lesa Humanidad que enfrento”.

Esa misma tarde, DE MARCHI solicitó volver a la cárcel, su habitual lugar de detención. Su actitud, es un acto trascendente de amor hacia todos los Camaradas privados de su libertad.

No cabe otra consideración.

 MIGUEL ANGEL VIVIANI ROSSI

 

Coronel de Artillería (R) – Prom 97 – CMN

 

 

PrisioneroEnArgentina.com

 

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