República Argentina: 4:19:51pm

Carta de lectores publicado por www.lanacion.com.ar

Con el respeto y afecto que profeso por monseñor Olivera, he de discrepar con su carta del 29 de octubre pasado.

Más allá del acierto de la Corte en el fallo “Castillo”, la persecución de militares, policías y civiles por los hechos ocurridos en la Argentina en los años 70 se hace mediante el Poder Judicial (al que llamamos “Justicia”), pero sin ley que lo respalde. La mayoría de la Corte impuesta por el gobierno de Néstor Kirchner consagró un criterio aberrante: que no es necesario que la ley penal esté previamente escrita y publicada para ser aplicada a los ciudadanos: basta que exista una “costumbre internacional” para que una conducta sea delito. Lo hizo en contra de la Constitución, de todos los tratadistas penales del mundo y la Academia de Derecho entre tantos otros juristas, y del propio Estatuto de Roma que tipifica esos delitos pero que expresamente impide su aplicación retroactiva. Finalmente, la mayor iniquidad: las leyes de Punto Final y Obediencia Debida dictadas por el Congreso de Alfonsín consideradas de amnistía, y los indultos posteriores, no son válidos pero sólo para los agentes estatales. Se trata de dos facultades del Congreso y el Ejecutivo irrevisables (salvo caso de corrupción) por el Poder Judicial; es contrario a los arts. 4.6 y 6.4 de los dos tratados humanitarios incorporados a la Constitución; son derechos adquiridos por sus beneficiarios y absurdos en la tierra del “70 veces siete”. “No hay ley que le impida perdonarse a los hermanos” dijo el presidente Menem. Sin ley nunca habremos de alcanzar la Justicia.

Ricardo Saint Jean

DNI 10.924.885