República Argentina: 12:58:30pm


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Carta de lectores publicada por www.lanacion.com.ar

Con sorpresa y estupor, vimos, hace unas pocas semanas, cómo el TOCFNº1 de La Plata, causa Muñoz, condenó a prisión perpetua, por un supuesto delito de lesa humanidad, al coronel (R) José Ignacio Saravia Day.

Decimos con sorpresa porque al tratarse de juicios que se hacen públicos en vivo por youtube.com, pudimos presenciar lo acontecido en las audiencias testimoniales vinculadas con Saravia Day, quién, al tiempo de los hechos (octubre de 1976), prestaba servicios, con el grado de teniente, en el Regimiento de Granaderos. En ese carácter, tal como lo facultaban los reglamentos militares, y lo hizo con tantos otros soldados, le había firmado una orden de salida al soldado José David Aleksoski, para que se fuera de franco desde el 22 al 26 de octubre de 1976.En conocimiento de que el soldado saldría de la Quinta Presidencial (donde cumplía el servicio militar, precisamente como furiel), el 2do.Jefe(con grado de teniente coronel), ordenó que el soldado, antes de que saliera de franco, fuera a buscar una batería en proximidades del Regimiento, oportunidad en que fue secuestrado y desaparecido. En el juicio, los testigos Juan Ignacio Araujo y Lázaro Aleksoski (hermano del soldado), atestiguaron, sin vacilar, que el 2do.Jefedel Regimiento fue quien dio la orden de que el soldado Aleksoski fuera a buscar la batería, y que fue secuestrado, según declaró el testigo, “por gente de La Plata”. El testigo Aleksoski manifestó, además, que el 2do Jefe“era el responsable de todo”. Por ende, Saravia Day debería haber sido considerado ajeno a los hechos que se juzgaban. Empero, a pesar de no haberse probado en el juicio participación del teniente Saravia Day en el secuestro, ni en la desaparición del soldado Aleksoski, y mostrando total desconocimiento de los principios básicos sobre los que se organizan las Fuerzas Armadas, entre ellos, “verticalidad”, es decir, “jerarquía y mando responsable”, o sea, toda la estructura responde a una cadena de mando, que exige de los inferiores “disciplina y subordinación”, esto es, acatamiento a las órdenes del superior; a pesar de todo ello, decimos, el TOCFNº1 tiene por cierta la acusación, y condena a Saravia Day a la pena de prisión y “perpetua”. Decimos que la decisión judicial nos causó también estupor, porque es inconcebible que los magistrados sigan violentando con los denominados juicios de lesa humanidad categóricos principios constitucionales y procesales; acudiendo a testigos que literalmente declaran no recordar hechos ocurridos hace 50 años, que confunden fechas, nombres y circunstancias fundamentales; que no prueban debidamente cargos que se hacen a los acusados; que se habilita una jurisdicción (La Plata), sin fundamentos suficientes de ser la competente; y, así todo, se condene nada menos que a prisión perpetua, sin pruebas consistentes, a militares ajenos a los hechos investigados, por la mera circunstancia de ser tales.

Un país que se jacta de ser serio ya debería haber tomado cartas en el asunto y puesto límites a esta clase de juicios, que parecen ser más una venganza que una reivindicación, dictando leyes que aseguren, de una vez por todas, la plena vigencia del estado de derecho.

Marcelo Usandivaras

Juan Carlos Araya

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