República Argentina: 3:49:31pm

Por César Lerena publicado en www.escenariomundial.com

Quienes seguimos de cerca las cuestiones que ocurren en el Atlántico Suroccidental nos sorprendimos con una supuesta autorización del Consejo Federal Pesquero (CFP) para operar en aguas argentinas por más de 30 días el buque de investigación RRS James Cook.

Este barco que fue botado en 2006 y  tiene una eslora de casi 90 metros es de propiedad del Reino Unido, quien ocupa en forma prepotente 1.639.900 Km2 de territorio marítimo e insular argentino. Pero, NO. Ese Consejo no tiene competencia para autorizar a investigar -en las materias que se solicita- y, si las investigaciones fuesen relativas a la pesca ese Cuerpo estaría incumpliendo el artículo 27º bis de la Ley 24.922 que entre otras cuestiones refiere a tener o no “relación jurídica, económica o de beneficio con personas físicas o jurídicas, propietarios y/o armadoras, de buques pesqueros  que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el  correspondiente permiso de pesca emitido por la Autoridad de Aplicación Argentina”. Obviamente, el Reino Unido viola esa Ley cuando pesca u otorga permisos ilegales a buques extranjeros en las aguas argentinas de Malvinas y, ambos -los funcionarios argentinos y el Reino Unido- podrían violar la Ley 26.659 si se  autorizase a “llevar a cabo investigaciones oceanográficas, químicas y físicas” en la plataforma continental argentina.

En esta situación de excepcionalidad que vive la Argentina con gran parte de su territorio marítimo ocupado por el Reino Unido, un permiso de esta naturaleza solo podría ser autorizado por el Congreso de la Nación, en el caso que se interpretase que no viola la Disposición Transitoria Primera de la Constitución, cuestión que nosotros entendemos que sí, porque favorece la presencia británica en el Atlántico Suroccidental.

Empecemos por decir, que la Embajada del Reino Unido solicitó autorización para que el buque James Cook realice actividades de investigación científica marina en aguas jurisdiccionales argentinas y lleve adelante dos proyectos, uno, sobre la toma de datos en determinados recorridos y, otro, sobre la comprensión de los océanos por debajo de las capas superficiales en una región de intercambio entre cuencas oceánicas del Atlántico Suroccidental” no vinculados a la actividad pesquera y, por lo tanto, el Consejo Federal Pesquero ni la  Subsecretaria de Pesca tienen atribución alguna para autorizar investigaciones que no sean de pesca conforme lo establecido en los artículos 5º; 7º (las investigaciones científicas y técnicas de los recursos pesqueros); 9º (Establecer la política de investigación pesquera); 11º (investigaciones referidas a los recursos vivos marinos); 14º y 15º (La pesca experimental requerirá autorización) y 23º (autorización de pesca para fines de investigación científica o técnica) de la Ley 24.922.

El Consejo Federal Pesquero en el Acta 23/24 del 28/11/24 «analizó las actuaciones» y manifestó «mayoritariamente» que, «en los aspectos relativos a su competencia, no tiene objeciones que formular para que se autorice al buque RRS JAMES COOK a llevar a cabo actividades de investigación científica marina en espacios marítimos sujetos a la soberanía y jurisdicción nacionales» y, vale la pena destacar “falta de objeciones” la formularon solo seis miembros, con el voto del Subsecretario López Cazorla y los representantes de Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego y, en ausencia de los dos representantes del Poder Ejecutivo Nacional. Semejante decisión estratégica, en manos seis personas que tienen limitada su función de fijar la política pesquera.

 

 

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