Por ML publicado en www.perfil.com
Hay siete acusados de homicidio simple con dolo eventual y dos imputados por ser partícipes secundarios. Los detalles del caso marcado por un "ritual de iniciación".
El juicio contra los nueve militares acusados por la muerte del soldado cordobés Matías Chirino, de 22 años, ocurrida en 2022 durante un "ritual de iniciación" en el Ejército Argentino, comienza este lunes, en la localidad correntina de Paso de los Libres. El brutal “bautismo” del joven subteniente incluyó maltratos físicos y la ingesta excesiva de alcohol.
Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna, Hugo Reclus Martinez Tarraga, Exequiel Emanuel Aguilar, Darío Emanuel Martinez, Luis Facundo Acosta y Gerardo Sebastián Bautista irán a las audiencias en calidad de coautores por el delito de homicidio simple con dolo eventual. En tanto, Claudia Daniela Cayata y Franco Damián Grupico serán juzgados como partícipes secundarios.
Qué le pasó al soldado Matías Chirino
Según se pudo determinar en la investigación, los imputados le impartieron tanto a Chirino como a otros dos subtenientes distintas órdenes arbitrarias y maltratos, que consistieron en obligarlos a ejecutar diferentes tareas denigrantes. Durante la noche del 18 de junio de 2022, cuando los tres tenían el estómago vacío, los obligaron a beber alcohol en exceso, para luego exigirles que se colocaran la ropa de gimnasia de verano y se sumergieran en la pileta del casino de oficiales, cuya agua se encontraba sucia y a baja temperatura. Luego debieron comer y beber aún más.
Además, les ordenaron que dejaran sus teléfonos celulares sobre una mesa, para que no contaran lo que ocurría. En ese contexto, también les indicaron que cantaran y recitaran "la oración del soldado" y la misión del Ejército Argentino. Si se equivocaban, debían correr alrededor del quincho o hacer flexiones de brazos. De acuerdo con la investigación, en el momento en que los tres nuevos subtenientes perdieron el conocimiento, los responsables los abandonaron en una de las habitaciones asignadas a uno de ellos.
Chirino terminó en un colchón sobre el piso y sin una frazada, a pesar de las bajas temperaturas registradas aquella noche de invierno. Cerca de las 6, el imputado Gerardo Sebastián Bautista llamó a la enfermera de guardia porque uno de los nuevos integrantes "se había pasado de alcohol". De acuerdo con las constancias, a las 6:30 ingresó a la habitación y notó que Chirino no presentaba signos vitales, por lo que comenzó a realizar la reanimación mientras se decidía el traslado del joven al Hospital San José de Paso de los Libres, donde se comprobó el fallecimiento por broncoaspiración tras vomitar en estado de inconsciencia y estando acostado, mientras que registraba 1,45 gramos de alcohol por litro de sangre.
"Las particularidades del caso hacen pensar que los oficiales, conociendo el daño que podían causar en la salud de los nuevos oficiales, con sus conductas crearon un peligro más allá del permitido, lo que guarda relación de determinación con el resultado luctuoso. Debe entenderse que habrían actuado con dolo eventual pues se representaron la posibilidad de producción del resultado", indicó el fiscal Martínez en la elevación a juicio.
Para el representante del MPF, todo lo expuesto hace que concluir que los nueve implicados fueron conscientes del peligro creado en la salud y que de todas formas "siguieron adelante sometiendo a la víctima, obligándolo a beber hasta perder el conocimiento, y luego siendo conscientes del estado de indefensión en que se encontraba Chirino lo abandonaron a su suerte, demostrando indiferencia y aceptando el posible resultado luctuoso, toda vez que no tomaron los recaudos mínimos necesarios para evitarlo —custodiarlo, abrigarlo ante las bajas temperaturas reinantes—, máxime cuando el medio utilizado era idóneo para producirlo".
A raíz de esta trágica muerte, en noviembre de 2022 el exministro de Defensa, Jorge Taiana, ordenó “la prohibición de ingesta de bebidas alcohólicas por parte de los integrantes de la fuerza en actividades del servicio o fuerza del servicio en el ámbito de las jurisdicciones militares”. También se prohibió la realización de festejos, “ritos y ceremonias de iniciación”, reuniones sociales o cualquier tipo de actividad en los cuarteles de la fuerza, incluso en los quinchos o cantinas.