República Argentina: 2:45:09pm

Carta de lectores publicada en www.lanacion.com.ar

En agosto de 1974, un importante contingente del ERP fue sorprendido por la policía fuera de la ciudad de Catamarca cuando estaba por copar el Regimiento 17 del Ejército.

Los terroristas, fuertemente armados, se dieron a la fuga no sin antes matar a un policía y herir gravemente a otro, para refugiarse cerca de Capilla del Rosario. Perseguidos y rodeados por efectivos militares y policiales, luego de un prolongado combate fueron abatidos y reducidos. Intervino la Justicia federal y en 1987 condenó a los detenidos por el intento de copamiento, sin adoptar temperamento procesal alguno respecto de las fuerzas legales. Con el gobierno K, las cosas cambiaron y un tribunal federal de Catamarca, integrado por los jueces Juan C. Reynaga, Gabriel E. Casas y Carlos I. Jiménez Montilla, condenó a prisión perpetua a los militares Jorge E. Acosta, Mario Nakagama y Carlos E. Carrizo Salvadores, a quienes imputaron las muertes de Capilla del Rosario. Gracias a Dios, el recurso de Casación de sus defensas fue resuelto por los señores jueces Eduardo Rafael Riggi y Liliana Catucci, quienes, dejando en minoría a la ultra-K Ana María Figueroa, absolvieron y liberaron a los condenados. El voto del Dr. Riggi da cuenta del escandaloso comportamiento del tribunal catamarqueño, al que calificó de antojadizo y arbitrario, aclarando que el plan sistemático de aniquilamiento previo al golpe militar del 76 existió solo en la deformada imaginación de los jueces condenadores: no había ninguna prueba que sustentara su fallo, agregando que su descripción del contexto histórico fue un preconcepto que solo encontró apoyatura en la subjetividad de esos jueces.

Argentinos, aplaudamos a los doctores Catucci y Riggi, y preguntémonos cómo retribuimos a nuestros soldados por haberse jugado la vida en defensa de la patria y la injusta prisión sufrida; y a la par, cómo puede seguir hoy habiendo jueces como los del TOF de Catamarca y la doctora Figueroa.

Enrique Munilla

DNI 4.433.538

 


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