República Argentina: 6:30:43am

En 1974, cuatro guerrilleros asesinaron a un militar y fueron condenados a prisión perpetua. Trece años después fueron liberados y la Secretaría de DDHH autorizó, para cada uno, una indemnización de 115 mil USD, “por haber estado detenidos”. Mientras, un ex Cabo de la Fuerza Aérea, acaba de ser condenado a 25 años de prisión “por haber estado de guardia” en 1978, a sus 20 años de edad.

En noviembre de 1974, la revista Estrella Roja del “Ejército Revolucionario del Pueblo” (ERP) llamaba a los argentinos a “integrarse a sus filas, para librar los más duros combates y lograr la derrota definitiva del enemigo”, que no era otro que el gobierno constitucional de Isabel Martínez de Perón.

Desde sus páginas pedía “intensificar la lucha guerrillera, participando en el combate directo o en tareas de propaganda, armamento y logística propias de la lucha revolucionaria” y, entre decenas de hechos de violencia política que se atribuían, anunciaban que habían “ejecutado, en Santa Fe, al Mayor del Ejército Néstor López”.

Efectivamente, el 7 de noviembre de 1974, en esa ciudad fue asesinado de varios disparos el citado oficial, mientras el soldado Oscar Sales, que lo acompañaba, resultaba herido.

A poco de iniciada la investigación del crimen, se determinó la responsabilidad en él de cuatro personas pertenecientes al grupo guevarista, las que fueron rápidamente aprehendidas en el marco de un proceso penal que se extendió por cuatro años.

En la sentencia, de octubre de 1978, el Juez Federal, Fernando Mantaras, dispone la “condena a reclusión perpetua de Hilda Nava, José María Cuesta, Fernando Gauna y Juan Alberto Tejerina, como autores responsables de los delitos de: partícipe criminal de homicidio calificado y lesiones graves, y delitos de privación ilegítima de la libertad, tenencia de armas de guerra, asociación ilícita, ilícitos que comprometen la paz y la dignidad de la Nación e infracción a la ley de Seguridad Nacional.”

Apelada la sentencia, la Cámara Federal de Rosario confirmó las condenas en diciembre de 1979. Contra esto, los guerrilleros interpusieron recurso extraordinario ante la Corte Suprema, que les fue denegado en febrero de 1980, por la Sala A de la Cámara citada. La misma instancia, en marzo de 1984, durante el gobierno del Dr. Raúl Alfonsín, rechazó el recurso de revisión, e igual suerte corrió luego el recurso extraordinario interpuesto, ya que, en mayo de 1985, fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Los criminales tuvieron su juicio y la posibilidad de defenderse y su condena quedó firme pese a la apelación a todas las instancias.

A principios de 1987, el abogado defensor de los encarcelados, Jorge Baños, -muerto dos años después asaltando el cuartel de La Tablada- solicitó se les otorgara la libertad condicional aplicando la Ley 23.070, de “computo doble”. Un mes más tarde, porque “habían cumplido con los reglamentos carcelarios, con ‘buena conducta’”, el juez Héctor Tripichio hizo lugar al pedido y los dejó en libertad, a trece años del asesinato del oficial del Ejército.

Con un mero trámite administrativo, la Secretaría de Derechos Humanos autorizó, años después, que los cuatro condenados por el asesinato fueran indemnizados, en virtud de la Ley “reparatoria” Nro 24.043, “por haber estado en prisión”, según el siguiente detalle: José María Cuesta con USD113.401.-, Fernando Gauna con USD119.302.-, Hilda Nava con USD113.758.- y Juan Alberto Tejerina con USD138.816.-, cifras actualizadas por inflación y convertidas a dólar libre. Estos individuos, hoy en libertad, cobraron del Estado unos 485.000 dólares y, cada uno, está habilitado para cobrar una pensión mensual de por vida, que es el doble de una jubilación mínima.

He denunciado esta atrocidad en el Juzgado Federal N° 4 del Dr. Ariel Lijo, quien se dispone a investigarla, con el impulso del titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 6, el Dr. Federico Delgado.

Resulta imperioso comparar, lo hasta aquí descripto, con el increíble caso del ex Cabo, mecánico de aviación, Julio Flores. Incorporado a la Fuerza Aérea en 1977, con 18 años, solo estuvo tres años y medio en servicio y su único destino fue la Base de El Palomar, en el Gran Buenos Aires. Por su baja jerarquía, nunca pudo haber tenido responsabilidad alguna en lo sucedido en esos tres años.

En agosto de 1980, Flores pidió la baja y dejó de ser militar. Durante treinta años, con una vida personal, familiar y profesional intachable, se dedicó a su pasión: la mecánica de aeronaves.

En la noche del 24 de noviembre de 2014, al regreso de un viaje desde su lugar de trabajo en la República de Indonesia, en el aeropuerto de Ezeiza fue abordado por personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Ante su más absoluta perplejidad, escuchó que quedaba detenido por orden del Juez Federal Daniel Rafecas por “delitos de lesa humanidad”. A sus 55 años, comenzaba a caer literalmente en un agujero negro.

En la alcaidía de Comodoro Py, se le comunicó que estaba acusado de ser el “jefe de la Guardia de ‘Mansión Seré’, y jefe de una patrulla que secuestraba personas.” Se afirma que en la “Mansión Seré”, lugar que operó la Fuerza Aérea en la localidad de Castelar en esos años, estuvieron detenidas centenares de personas. Pues bien; el único testigo que afirmó reconocer a Flores como integrante del staff de ese lugar se llama Guillermo Marcelo Fernández, militante en los ‘70, de la Unión de Estudiantes Secundarios (UES), una agrupación de Montoneros que, en 1978, logra fugar del lugar de detención y que, desde entonces, vive en Montpellier, Francia.

En su primera declaración vía zoom en la etapa de instrucción, le muestran a Fernández una fotografía de Flores sobre quien dice “que lo reconoce en un 50%, pero que no está seguro”. Eso alcanzó para confirmar la prisión del ex suboficial. En 2019, con Flores detenido y ya durante el juicio, Fernández cambia su declaración y afirma que lo reconoce en un 100% como “el jefe de guardia de ‘Mansión Seré’”.

Ese único y dudoso testimonio, alcanzó para que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 de San Martín, presidido por Claudia Morgese Martin, condenara al ex Cabo a veinticinco años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada por el uso de violencia o amenazas y por imposición de tormentos en 31 casos”.

Flores lleva ya ocho años preso; ahora alojado en el Penal de Güemes, provincia de Salta. La semana pasada fue atacado a puntazos por un recluso, delincuente común.

En los tres años en que él fue Cabo; en la otra punta del escalafón, Orlando Ramón Agosti fue Brigadier General y Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea. Cuando la Cámara Nacional de Apelaciones, en 1985, juzgó a los Comandantes por la responsabilidad de cada Fuerza en la “represión ilegal”, a Agosti le aplicaron una condena de 4 años y 8 meses que, apelada ante la Corte Suprema, se rebajó a 3 años y 9 meses.

Marcelo Guillermo Fernández cobró tres veces la indemnización prevista en la Ley “reparatoria” 24.043, en montos actualizados por inflación y convertidos a dólar libre según el siguiente detalle: en 1999, por 155 días de detención, USD 6.980.-; en 2007, por sus seis años de exilio en Francia, USD 81.106.- y en 2015, USD 78.832.-, por “las lesiones gravísimas sufridas durante su detención”, teóricamente constatadas treinta y cinco años después por el “Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos” dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. En total, Fernández cobró USD 167.000 del Estado argentino y está habilitado a cobrar una pensión vitalicia que es el doble de una jubilación mínima.

En esta Argentina decadente, parafraseando a Discépolo, nadie duda, ya que conviene más ser guerrillero y delincuente, con el provechoso auspicio de la “casta de los DDHH”, que ser un ciudadano honesto y/o vestir uniforme.

De cara a las elecciones, podemos y debemos, sin excusas, cambiar esto.

Por José D’Angelo

Publicado en Infobae


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