República Argentina: 9:55:35pm

La ONG UPMAC (Unión Personal Militar Asociación Civil)  -www.upmac.org.ar –publicó una circular, tal cual lo viene haciendo regularmente titulado “La posibilidad de perdonar a los responsables de crímenes de lesa humanidad” donde  mediante una serie de gráficos explica lo referente a este tema.

El trabajo dice: “Los actos de notoria gravedad que causen intencionalmente sufrimiento o atenten gravemente contra la integridad física o la salud  mental o física de las personas, cometidos por parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil son crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma. Es irrelevante, un conflicto interno o domestico cuyo autores sean estatales o no.

 

Potestad de los Estados

Los  Estados sin renunciar a la idea de Justicia, y sin vulnerar normas internacionales, pueden perdonar a los imputados por delitos de lesa humanidad.

 

Perdón

La idea de Perdón (amnistía o indulto) hace a la organización constitucional del Estado. Excede el derecho penal y es facultad para consolidar la paz y la unión nacional.

Las normas internacionales exigen fortalecen en forma universal los derechos humanos, no inhabilitan a cada Estado ejercer la prerrogativa del perdón en los caso de lesa humanidad.

El perdón después de las tragedias  ha sido una constante en la historia universal y nacional

El derecho internacional consuetudinario no prohíbe en forma absoluta el perdón en materia de lesa humanidad (Núremberg y Tokio) se podía alterar políticamente la pena impuesta; (Yugoeslavia y Ruanda) se mandaba a reconocer las amnistías existentes. Este criterio de reconocimiento de amnistías estaría en el Art. 53 del Estatuto de Roma.

 

Naciones Unidas –ONU

Hay resoluciones contradictorias. Exige el juzgamiento por lesa humanidad. Pondera el acuerdo de paz que incluía el perdón en materia de lesa humanidad (Sierra Leona).

Ni el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ni la Convención Americana hacen referencia a la imposibilidad de perdonar delitos de lesa humanidad.

 

OEA

La Comisión Internacional de Derechos Humanos originalmente considera viable el perdón ante hechos de lesa humanidad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos solo ha reprochado medidas de auto amnistía.

 

Reflexión Final

El juez Fayt en la causa “Mazzeo” voto en minoría y sostuvo que en materia de DDHH muchas veces es aconsejable mirar más allá de la persecución  penal buscando otras alternativas.

Para implementar políticas de perdón se requiere de Estadistas y no de simples gobernantes”.

 

Presentación elaborada por el Equipo de UPMAC, en base al trabajo del Dr. Alfredo M. Vitolo: “La posibilidad de perdonar a los responsables de cometer crímenes de lesa humanidad”. Publicado en el libro “La Nación dividida. Argentina después de la violencia de los 70”.Pagina 331.


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