República Argentina: 5:02:56pm

Nacional

 

La exigencia gubernamental de que militares y miembros de las fuerzas de seguridad que accionaron judicialmente contra el Estado, deban devolver ahora parte de lo percibido según un cuestionable dictamen de la Corte Suprema de Justicia que borra con el codo lo que sus miembros habían fallado anteriormente, choca con jurisprudencia de cosa juzgada y, según los casos, sólo podría ser aplicable de aquí para adelante pero nunca con efectos retroactivos.

Así lo manifestaron a TIEMPO MILITAR calificados juristas que fueron consultados en las últimas horas a partir de que éste medio tuvo conocimiento de la resolución del Ministerio de Defensa, ordenando al Jefe del Estado Mayor conjunto para que instruyera a los Jefes de Estado Mayor y por ende a los departamentos contables de las fuerzas, para que procedieran sumariamente incluso hasta con la posibilidad de embargar bienes inmuebles de los involucrados

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Una orden escrita firmada por el ministro de Defensa, Arturo Puricelli, cursada el 16 de Mayo al Jefe del Estado Mayor conjunto para su inmediata aplicación en el ámbito de las contadurías de las tres fuerzas armadas, determina que quienes, como consecuencia de acciones judiciales, han percibido mayores remuneraciones a las que resulten de ahora en más por la aplicación del fallo Zanotti, deberán devolver ese dinero, si es necesario con el embargo de sus viviendas u otros bienes personales. La autenticidad del escrito -que incluso  fue subido a la red Internet- fue admitida en medios castrenses pero no hubo ninguna confirmación oficial por parte de la cartera. Se ignoraba, hasta avanzada la noche del jueves 24 de mayo (2012) el temperamento para FF.SS. que se teme pueda ser similar

La orden - que registra fecha de salida del Ministerio de Defensa el 18 de mayo,. y admitida en Mesa de Entradas del EMC el 22 de mayo bajo la letra 21616/12, está contemplada en un escrito de dos carillas, foliados como expediente 17714/12 con la rúbrica de Puricelli.

En la misma se ordena “agotar todas las instancias procesales” en los ámbitos judiciales donde se celebraron acciones, para que cesen de inmediato los pagos que excedan los parámetros establecidos por el  nuevo dictamen de la Corte Suprema de Justicia que dio un brusco revés de 180 grados con relación  al caso Salas. Este fallo determina que los militares (y de aplicarse el procedimiento también los miembros del FF.SS) pueden sufrir, según los casos, podas de hasta un 60 por ciento en sus haberes

 

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