República Argentina: 7:48:12pm

Por  Mariano De Vedia publicado en www.lanacion.com.ar

En las Fuerzas Armadas reciben con escepticismo el plan del Ministerio de Defensa para reformar la ley de seguridad interior; dicen que no los consultaron a la hora de elaborar la iniciativa

Con escepticismo y muchas dudas evalúan en las Fuerzas Armadas el proyecto del Gobierno enviado al Congreso para modificar la ley de seguridad interior y permitir la participación de los militares frente a actos de terrorismo. La iniciativa fue elaborada por el ministro de Defensa, Luis Petri, y según pudo saber LA NACION, los militares no fueron consultados para su elaboración.

Como reiteró varias veces a partir de su asunción, la intención del ministro Petri apunta a darle un marco legal a la eventual hipótesis de una agresión de organizaciones terroristas extranjeras, como por ejemplo el ataque de Hamas al pueblo de Israel en la Franja de Gaza, en octubre de 2023. La legislación vigente impediría recurrir a las Fuerzas Armadas si un caso similar se produjera en la Argentina.

El Gobierno de Javier Milei eligió para corregir ese impedimento la vía de la reforma de la ley 24.059, de seguridad interior, cuya aplicación se encuadra en jurisdicción de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Algunas voces en el mundo castrenses sostienen que también deberían actualizarse las leyes de defensa y de inteligencia nacional, que conforman un trípode en la reglamentación de estas problemáticas desde la recuperación de la democracia.

Se plantea, además, un interrogante sensible, en atención a la historia argentina reciente: si se autorizará a los militares a realizar tareas de inteligencia interior para prevenir o sostener sus acciones, algo hoy impedido por la ley.

Atribución de los gobernadores

Según trascendió, el proyecto establece que la definición de la presencia de un acto terrorista en una determinada zona corresponderá al comité de crisis constituido para coordinar las operaciones de las fuerzas federales de seguridad y las policías provinciales en un territorio del país. Así, la decisión podría estar en manos de gobernadores.

La reforma de la ley de seguridad interior permitirá que “las Fuerzas Armadas trabajen de forma coordinada con las fuerzas de seguridad para enfrentar el terrorismo con acciones de patrullaje, control de personas y vehículos en zonas determinadas y por tiempo limitado”, explicó el vocero presidencial, Manuel Adorni, al anunciar la iniciativa. A diferencia de lo que ocurre ahora, los militares tendrían la atribución de “detener en flagrancia”.

En diálogo con LA NACION, una fuente militar observó que con esta reforma podría profundizarse un vacío legal entre el artículo 27 de la ley de seguridad interior, que autoriza la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de apoyo logístico, y la decisión de emplearlas para enfrentar un ataque terrorista. Actualmente, el artículo 32 de la norma permite al Presidente disponer de las FF.AA. para “el restablecimiento de la normal situación de seguridad interior, previa declaración del estado de sitio”.

Frente a este escenario y la hipotética habilitación para intervenir en casos de agresiones del terrorismo, fuentes castrenses advierten que la participación de los militares ante la alteración del orden público está prevista, pero “sin establecer qué tareas pueden desarrollar y cuáles no”.

El antecedente de los 70

Las prevenciones en los sectores militares tienen un antecedente: las graves responsabilidades que se les imputaron a oficiales y suboficiales de alto y de bajo rango en los juicios por la represión de los años 70, cuando cuatro decretos sancionados en febrero y octubre de 1975 por un gobierno constitucional ordenaron “aniquilar el accionar de la subversión” y ese instrumento legal no sirvió para evitar las condenas por delitos de lesa humanidad.

Otro argumento que alimenta las dudas en el sector castrense es que los militares tienen prohibido alistarse, adiestrarse y formarse en tareas de seguridad. “Nuestro personal no está formado y capacitado para tareas de seguridad. Las Fuerzas Armadas no reprimen delitos: combaten oponentes en un conflicto, bajo leyes de la guerra”, consideró un alto oficial a LA NACION.

Un elemento central para esclarecer las posiciones frente a la decisión de emplear a los militares en el combate al terrorismo es quién y cómo se define que el país enfrenta un acto de terrorismo. “Si las Fuerzas Armadas son la última ratio es porque se las emplea en caso extremo y eso es el estado de sitio. “No me queda claro quién determinará qué es o no terrorismo. La iniciativa puede estar bien intencionada, pero no hace falta”, resumió un militar retirado del Ejército, que sin embargo espera cambios en la reglamentación de la ley de defensa.

A pesar de la ofensiva del Gobierno por favorecer la participación de los militares frente a acciones del terrorismo, se dejaría de lado por ahora la idea original de modificar la reglamentación de la ley de defensa. Conservaría vigencia, así, el decreto reglamentario 727/2006, impuesto por el entonces presidente Néstor Kirchner, por el cual se dispuso que “las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la defensa nacional, serán empleadas ante agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas pertenecientes a otros Estados”. Una aclaración y un agregado que no están en el texto de la ley.

En las propias filas militares recuerdan un fallido del gobierno de Milei en enero último, cuando un mes después de asumir anunció la detención de “una célula terrorista” que preparaba un atentado en la Argentina, lo que resultó una falsa alarma. Las tres personas acusadas debieron ser liberadas.

 

 


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