El Ministerio de Seguridad eliminó el requisito administrativa para contraer matrimonio en el ámbito de la Policía Federal y en la Prefectura Naval Argentina, por La Resolución N° 548/2011, publicada este viernes (22 jun 2011) en el Boletín Oficial, que lleva lleva la firma de la ministra Nilda Garré. La restricción ya no regía para Gendarmería.
Además instruye tanto al Jefe de la Policía Federal, como al Prefecto Nacional de la Prefectura Naval para que en el plazo de 30 días corridos, informen sobre el cumplimiento de la medida dispuesta.
En los fundamentos expresa que la obligación que pesa sobre parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad de solicitar la venia matrimonial implica una restricción que altera el ejercicio de un derecho reconocido en los diversos instrumentos internacionales de derechos.
Agrega que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reafirmado que el Estado tiene el deber “de tomar todas las medidas necesarias para remover los obstáculos que puedan existir para que los individuos puedan disfrutar de los derechos que la Convención reconoce”.