Según Bermúdez (que coincide con una apreciación en el mismo sentido hecha oportunamente por TIEMPO MILITAR) para los activos, este fallo implica una mejora que puede duplicar lo que están cobrando y para los retirados y pensionados puede hasta triplicar sus haberes actuales. Clarín utiliza como fuente de esta precisión, al abogado Sebastián Bonder. (TIEMPO MILITAR, por su parte, hace hincapié una vez más en la necesidad de contar con SENTENCIA FIRME, por parte de los reclamantes)

 

Según el fallo, los sucesivos suplementos y adicionales no tuvieron “un carácter particular” como alegó el Gobierno  y “su evidente naturaleza salarial permite concluir que, a partir del 10 de julio de 2005, se toma imperiosa su inclusión, en el concepto “sueldo” del personal reclamante”, siendo extensivo a los retirados y pensionados.

 

Si bien lo resuelto por la Corte beneficia en forma inmediata a los que hicieron este juicio, el fallo tiene un carácter general porque fija la doctrina que debe seguir la Justicia, donde hay numerosos juicios similares. Además de los jubilados de la ANSeS, la Justicia está abarrotada de juicios de retirados y pensionados de las FF.AA, concluye Bermúdez..