Cae al ser nuevamente herido. No detienen a los asesinos los gritos desesperados de una madre que ve cómo su familia es destruida en instantes. Se han convertido en máquinas de matar. Uno remata al capitán Humberto Viola con un tiro a la cabeza, no sin antes clavar en su mujer, María Cristina Picón, (Maby) una mirada sádica, que ella no pudo jamás olvidar.

Miremos desde la profundidad de nuestras conciencias este instante de horror: ¿qué son esas niñas de tres y cinco años para nosotros? Y los que disparan a mansalva, ¿qué son? ¿Idealistas? Estas preguntas, que, como abogado de María Cristina Picón, formulé a los integrantes de la Cámara Federal de Tucumán, vuelven a resonar cuestionando conciencias adormecidas.

“Soy una madre de los 70, una mamá que siente lo mismo que otra sin importar la ideología política. Todas las madres debemos tener los mismos derechos. Hemos sufrido por igual y vivido el mismo dolor. Debemos tener las mismas consideraciones, ser dignas de respeto por parte de quienes nos gobiernan”, escribió Picón al peticionar que la causa se declarara de lesa humanidad

Por mayoría, los doctores Wayar y Cossio de Mercau revocaron parcialmente la sentencia del juez Bejas que negara que estuviésemos ante crímenes de lesa humanidad, pero se abstuvieron de resolver si lo eran, alegando que los culpables ya habían sido juzgados.

Al interponer recurso de casación, Maby denunció que no habían sido juzgados los autores mediatos, como lo advirtiera el doctor Marcos Herrera al emitir su voto en la sentencia que condenara a algunos de los culpables. Entre ellos, identificó a Juan Arnold Kremer, integrante del buró político del ERP, quien en su libro Hombres y mujeres del PRT- ERP de Tucumán a la Tablada, narra cómo el buró ordenó y evaluó el operativo. Insólitamente la Cámara de Casación sostuvo que tales miembros no tenían ninguna relación con los crímenes.

Interpuesto recurso extraordinario, la Corte lo consideró inadmisible mediante una fórmula mecánica. En 2016 Maby denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que los tribunales argentinos habían consentido la violación del artículo 3 común de las Convenciones de Ginebra, que prescribe que no se puede atacar, ni atentar, contra los civiles inocentes en ningún tipo de conflicto armado.

Pidió se aplicara el criterio fijado en el Informe 55/97 de dicha Comisión, por el cual consideró que el ataque del Movimiento Todos por la Patria, al cuartel de La Tablada, en l989, configuró un conflicto armado interno abarcado por las precitadas Convenciones de Ginebra aplicables tanto a los militares como a los guerrilleros. La obligatoriedad de dicho informe fue reconocida por los doctores Maqueda, Highton de Nolasco y Zaffaroni, al fallar la causa “Arrillaga”.

Desde entonces la denuncia se encuentra a estudio del organismo internacional. Maby acaba de morir sin odios, pero con la tristeza de saber que integraba una nueva clase de desaparecidos: los desaparecidos de la memoria pública. El terrorismo –señaló acertadamente Koffi Annan– niega la humanidad de sus víctimas, a quienes presenta como seres infrahumanos que merecen la extinción. Padeciendo ese vil desprecio, María Cristina Picón, escribió: “Se mofan de nuestro dolor, como si nuestras víctimas no hubieran tenido derechos humanos; como si fueran meros objetos a acribillar por la espalda.”