Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah ordenaron una gran cantidad de medidas de prueba a fin de dar con los “autores materiales e intelectuales” , así como determinar “después el grado de inserción o pertenencia” que “pudieron haber tenido en la organización que se atribuyó el suceso”, esto es Montoneros.
“Entiende este Tribunal que la decisión adoptada sobre la cuestión resulta prematura y que existen múltiples aspectos que requieren ser dilucidados para, con una base probatoria sólida –de la que de momento se carece–, estar en condiciones de dar respuesta al debate planteado”, añadió el Tribunal.
Rucci era hombre de confianza del general Juan Domingo Perón, quien dos días antes se había alzado con el triunfo electoral con amplia ventaja sobre el radical Ricardo Balbín, para asumir por tercera vez la Presidencia de la Nación. El asesinato fue tomado como un desafío al propio poder de Perón y poco después la organización guerrillera –que estaba ligada al movimiento peronista– pasaría a la clandestinidad.
En su fallo, los camaristas recordaron que ellos mismos habían firmado decisiones “respecto de los alcances de la categoría de ‘delitos de lesa humanidad’, esto es, de aquellos actos actualmente enumerados en el artículo 7° del Estatuto de Roma cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer esos actos o para promover esa política, y con conocimiento de dicho ataque”. Aseguran que en el caso Rucci aún no se puede determinar si fue o no un caso “de lesa humanidad”.